Subvenciones para el pago del alquiler – personas de 65 años o más

Ésta es una subvención otorgada por la Agència de l’Habitatge de Catalunya.

¿Quién puede pedirla?

Personas que sean titulares de un contrato de alquiler, habitación y/o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Cataluña que a fecha 31/01/2025 tengan 65 años o más y cumplan los requisitos de la convocatoria.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener 65 o más años.
  • Tener el padrón en la vivienda.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales de la unidad de convivencia iguales o inferiores a 2,92 veces el IRCS (25.200€) en el ejercicio fiscal 2023.
  • No pagar un alquiler mensual por vivienda superior a 900 euros, o de 450 euros en caso de habitaciones.

Para más información acceda al siguiente enlace: Subvenciones para el pago de alquiler o cesión de uso. Habitatge (gencat.cat)

¿Cuál es el importe de la subvención?

El importe mensual de la subvención será de un máximo de 200 euros y de un mínimo de 20 euros.

¿Cuándo puedo pedirlo?

Desde el 21 de febrero a las 9 h. hasta el 21 de marzo de 2024 a las 14 h.

¿Cómo debo solicitarlo?

La solicitud se puede presentar de dos formas:

¿Tengo dudas, con quien puedo contactar?

Para consultas o dudas puedes llamar al Consell Comarcal de El Baix Llobregat 936852400 (preguntar por vivienda) al o escribir a habitatge@elbaixllobregat.cat.

¿Qué ocurre si recibo un requerimiento o una resolución?

Si recibes un mensaje sobre un requerimiento de documentación o la resolución de tu expediente y no puedes verlo, consúltalo en estos enlaces:

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