Unidad de Atención a la Dependencia

Es un servicio básico de atención social formado por trabajadoras y trabajadores sociales y personal administrativo de apoyo. Centra su actividad en la atención social a personas que tienen reconocido el grado de dependencia (cuidadores/ras, representantes legales). En este sentido, vela por que estas personas accedan a los servicios y prestaciones más adecuados en cada momento, revisa el programa individual de atención a la dependencia cuando corresponde y hace la atención y el seguimiento continuado.

Servicios Sociales

Pide cita previa en el PAC al 900 300 082 o a través de este formulario: Petición de hora de visita a los programas de acogida y tratamiento de servicios sociales

¿Cuál es el proceso de reconocimiento de la situación de dependencia?

1. Es necesario realizar la solicitud de dependencia:
Info aquí.

2. ¿Cuándo me harán la valoración y la resolución?
Info aquí.

3. Una vez tengo la valoración y la resolución de grado, ¿cuál es el siguiente paso?
Info aquí.

Una vez que el Ayuntamiento recibe la comunicación del Departamento de Derechos Sociales, la valoración de reconocimiento de grado de la personas, es la Unidad de Dependencia quien se pone en contacto con la persona y/o familia de referencia con el objetivo de elaborar el Programa Individual de Atención (PIA).

Este programa determina los servicios y/o ayudas económicas a las que la persona tiene derecho, de acuerdo con su grado de dependencia, entorno social y recursos económicos.

El catálogo de servicios incluye:

A. Ayudas en forma de servicios:
Servicio de Ayuda a Domicilio: Ofrece soporte profesional, en el domicilio de la persona con dependencia, en las actividades de la vida diaria.

Centros de día: Ofrece atención integral a la persona con dependencia en un centro y durante horas al día. Permite mejorar o mantener el grado de autonomía personal y apoyar a la familia ya los cuidadores.

Atención residencial: Ofrece atención continuada de carácter personal y/o sanitaria en centros habilitados.

Teleasistencia: Da respuesta inmediata a situaciones de emergencia, inseguridad, soledad o aislamiento, gracias al uso de aparatos tecnológicos.

Asistente personal: La persona con dependencia puede recibir el servicio de una persona que le acompañe al centro educativo o laboral, o bien que le ayude con las actividades diarias y de integración social.

B. Ayudas en prestaciones económicas:

Hay 3 tipos de ayudas económicas:

Ayuda para un/a cuidador/a no profesional: En algunos casos podrá recibir ayudas a la persona con dependencia atendida por un familiar.

Ayuda para pagar un servicio: Tienen derecho a recibirlas aquellas personas que no han podido acceder a ninguno de los servicios públicos o privados concertados, a pesar de tener derecho a ellos. La cantidad recibida debe destinarse a pagar un servicio. Las administraciones públicas supervisarán que así se haga.

Ayuda para un/a asistente personal: La persona con dependencia puede recibir una ayuda económica para contratar a una persona que le acompañe al centro educativo o laboral, o bien que le ayude con las actividades diarias y de integración social.

4. Una vez ya he realizado el PIA, ¿cómo recibo la resolución del mismo?

La Generalitat reconoce las ayudas y prestaciones a las que tiene derecho la persona, la cantidad que percibirá y la contribución económica que debe realizar, según su capacidad económica. El documento de resolución se enviará al domicilio de la persona solicitante y será válido en todo el territorio del Estado español.

Observaciones:

Preguntas frecuentes:

– ¿He recibido la carta de resolución de grado, pero todavía no me han llamado del Ayuntamiento?
Es necesario esperar a recibir la llamada de la Unidad de Dependencia del Ayuntamiento.

– Una vez he firmado el PIA, ¿cuándo empezaré a recibir la prestación económica?
Cualquier consulta debe esperarse entre 3-4 meses desde la firma del PIA con la Unidad de Atención a la Dependencia del Ayuntamiento.

– ¿Tengo una incidencia sobre el pago de la prestación?
Cualquier consulta debe dirigirse al teléfono 012 de la Generalidad de Cataluña.

¿Cuáles son los servicios municipales relacionados con la dependencia?

SAD

Teleasistencia

Programa de soporte a cuidadoras y cuidadores y familiares

Respir Residencial

Arreglos en la vivienda

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