A partir del 18 de septiembre, y hasta el 31 de octubre, se abrirá de nuevo el período para solicitar una ayuda para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Para poder acceder a esta subvención, que es de 100 euros en todos los casos, es imprescindible estar empadronado en Esplugues de Llobregat y residir en el inmueble por el que se solicita la ayuda.
El peticionario, o cualquier miembro de la unidad de convivencia familiar, entre otros requisitos, no debe constar como titular en cualquier otro inmueble urbano salvo si de tráfico de un aparcamiento o trastero situado en Esplugues. Y si consta, la suma de la titularidad sobre otros bienes inmuebles, de todos los miembros de la unidad familiar de convivencia, no puede superar el 40%. El valor catastral del inmueble por el que se solicita la ayuda, o la suma con otras propiedades si las hubiera, debe estar por debajo de los 75.000 euros.
La vivienda tampoco puede estar sometida a régimen de protección pública. Por lo que respecta a los ingresos de la unidad de convivencia familiar, una vez deducido el pago del alquiler o la hipoteca, deben ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) si la única persona que vive en la finca es el sujeto pasivo. En caso de que conviva con cónyuge o pareja de hecho, el margen crecerá hasta un 15% el SMI. Si conviven otras personas, se sumará un 10% del SMI por cada persona empadronada en la finca.